miércoles, 6 de abril de 2011

INCOTERMS 2010

INCOTERMS 2010
A partir del 1/1/2011 contamos con una nueva reglamentación de los términos INCOTERM

Consiste esta revisión en una reducción de 13 a 11 términos, han desaparecido: (DAF, DES, DEQ, DDU) y se introducen 2 nuevos DAT (Delivered at Terminal) DAP (Delivered at Place)
En los INCOTERMS marítimos se introducen la siguiente novedad, y es que en FOB CFR CIF suponen que la entrega se produce cuando la mercancía esta efectivamente cargada en el buque.

Respecto a los nuevos términos
DAT (Delivered at Terminal)  Sirve para todo tipo de transporte y el vendedor entregará la mercancía descargada en una terminal, área... El vendedor transfiere costes y riesgos a la parte compradora en el momento en que la mercancía es puesta a disposición del comprador, debidamente descargada del medio de transporte.
DAP (Delivered at Place) Sirve para todo tipo de transporte, y se refiere a entregas en el país de destino, permite una mayor flexibilidad en el puto de entrega. El vendedor entrega la mercancía, sin tomar las formalidades aduaneras de importación, que queda reservado al DDP, transfiere costes y riesgos a la parte compradora en el momento en que la mercancía es puesta a disposición del comprador preparada para su descarga en el punto de destino acordado.

Se establecen otras consideraciones:

Se desaconseja EXW para ventas internacionales. FCA es más adecuado.
Se potencia el uso de FCA, CPT, CIP para contenedores frente a los habituales FOB, CFR o CIF. Por razones de disminución del riesgo para el vendedor (Entrega y transmite el riesgo) como de coste.
Se establece que hay que detallar el punto de entrega convenido al máximo posible
Confirma su aplicación en compraventas nacionales y no solo en internacionales
Los medios de comunicación electrónicos tienen la misma consideración que los de papel
Prestación de ayuda en la obtención de certificados de seguridad
La palabra embalaje no hace referencia a la estiba
En aquellos INCOTERMS en los que el vendedor no debe contratar seguro, debe facilitar la información al comprador que pueda necesitar para obtener la correspondiente cobertura de seguro
En el FCA el comprador debe avisar al vendedor sobre : punto de recogida de la mercancía, nombre del transportista y modo de transporte
En las reglas CPT CIP CFR CIF al ser el punto de entrega distinto al punto de traspaso de costes es importante dejar claro en el contrato de compraventa ambos aspectos. 
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